Por: Jesús González
Chetumal.-Al encontrar en una de las impugnaciones parcialmente infundada pero improcedente para una anulación y en la otra que lo señalado era totalmente infundado, el Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo resolvió que quedan firmes las coaliciones “Quintana Roo Une, Una Nueva Esperanza” integrada por el PAN y el PRD así como “Juntos Por Más Resultados”, presentada por el PRI, Partido Verde y Nueva Alianza.
Con esto ratifica los acuerdos IEQROO/CG/R-001-2016, de la coalición PAN-PRD para la elección de gobernador y el IEQROO/CG/R-002-16 para coalición total para la elección de gobernador y miembros de los ayuntamientos y coalición parcial para la elección de diputados locales por el principio de mayoría relativa por el PRI-Panal y PV, ambos aprobados por el Consejo General del Ieqroo en febrero pasado.
Respecto al proyecto de resolución sobre el Juicio de Inconformidad registrado con la clave JIN/004/2016, el pleno determinó parcialmente fundado pero insuficiente uno de los agravios presentados por la coalición, “Juntos Por Más Resultados” contra la del PAN-PRD por lo que al final de manera unánime validaron esta unión partidista.
En cuanto al Juicio de inconformidad registrado con la clave JIN/006/2016, presentado por el PAN-PRD contra la coalición anteriormente señalada, el proyecto declara infundados los agravios expuestos por el Partido Acción Nacional por lo que también valida esta alianza y ratifica el acuerdo del Ieqroo.
El magistrado presidente del Teqroo, Víctor Vivas Vivas detalló que ambos expedientes fueron analizados de manera detallada y los partidos interesados presentaron las pruebas suficientes para solventar que los procedimientos hechos para conformar estas coaliciones fueron conforme al marco legal; aunque en uno hubo elementos no fueron suficientes para su anulación.
No obstante que dentro de los resolutivos está la notificación a los partidos políticos sobre la validación de ambas coaliciones, el magistrado presidente dijo que ambas sentencias pueden ser impugnadas ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), a través de un Juicio de Revisión Constitucional (JRC).