También aprueban reformas en materia fiscal y contra la violencia digital con inteligencia artificial
Chetumal, Quintana Roo.— La XVIII Legislatura del Congreso del Estado aprobó instituir el 4 de diciembre como el “Día de la Libertad Religiosa”, con el objetivo de reconocer este derecho humano fundamental y promover una cultura de respeto a la diversidad de creencias.
Durante la sesión ordinaria número 11, las y los diputados avalaron el dictamen que establece esta conmemoración a nivel estatal, la cual busca fortalecer la convivencia democrática y el respeto al Estado laico.
En el análisis de la iniciativa se destacó que el reconocimiento de la libertad religiosa contribuye a generar condiciones de igualdad entre los distintos grupos de fe, fomentando el diálogo, la coexistencia pacífica y la prevención de actos de intolerancia.
Asimismo, se subrayó que esta medida reafirma el compromiso institucional con los derechos humanos y con la construcción de una sociedad incluyente, basada en la igualdad y la paz social.
Reformas en materia fiscal y aduanera
En la misma sesión, el Congreso aprobó una reforma para armonizar el marco jurídico estatal en materia de coordinación fiscal federal, con el fin de concentrar estas facultades en la Secretaría de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN).
Con ello, esta dependencia asumirá la rectoría institucional y operativa en temas relacionados con comercio exterior y aduanas, a través de sus unidades administrativas, incluyendo el SATQ, sin afectar sus atribuciones actuales.
Tipifican violencia digital con inteligencia artificial
Por otra parte, en la sesión ordinaria número 10, el Congreso aprobó una reforma al artículo 130 sexies del Código Penal del Estado, con el objetivo de actualizar el marco legal ante los retos tecnológicos actuales.
La modificación incorpora la violencia digital mediante el uso de inteligencia artificial como una forma específica de agresión, buscando garantizar el derecho de las personas a una vida libre de violencia en entornos digitales.
La reforma establece sanciones de 4 a 8 años de prisión y multas de 200 a 500 días, para quienes difundan, publiquen o alteren contenido íntimo —como imágenes, audios, videos o textos de carácter sexual— sin el consentimiento de la persona, a través de cualquier medio digital o tecnológico.






















