CHETUMAL, Quintana Roo.- El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) aprobó este jueves diversas resoluciones de procedimientos ordinarios sancionadores, en las que determinó declarar inexistentes las infracciones denunciadas contra el diputado local Wilberth Alberto Batún Chulim, el senador Eugenio Segura Vázquez y la presidenta municipal de Benito Juárez, Ana Patricia Peralta de la Peña.
Respecto al expediente IEQROO/POS/24/2026 y sus acumulados, la autoridad electoral resolvió que no se acreditaron actos anticipados de precampaña o campaña atribuidos al diputado Wilberth Batún Chulim ni al partido Morena.
El Consejo General concluyó que las bardas con las frases «BATÚN CAMINA CANCÚN», «AMIGO DEL PUEBLO» y «B4TÚN» no constituyen un llamado expreso o inequívoco al voto, tampoco contienen una plataforma electoral ni promueven una candidatura. Asimismo, determinó que no existió promoción personalizada, al no hacer referencia a logros de gobierno, funciones legislativas o utilización de recursos públicos. En consecuencia, también fue eximido Morena de cualquier responsabilidad por omisión en su deber de vigilancia.
En el expediente IEQROO/POS/035/2026, derivado de una denuncia presentada por Wilberth Yocef Pacheco Xiu, el órgano electoral absolvió al senador Eugenio «Gino» Segura Vázquez al concluir que no se configuraron los elementos necesarios para acreditar promoción personalizada.
La resolución señala que la palabra «GINO» acompañada de un puño fue considerada un mensaje genérico que no identifica plenamente al servidor público ni promueve su imagen con fines electorales. Además, las bardas fueron ubicadas fuera de los tiempos del proceso electoral local de 2027 y no contenían llamados al voto ni propaganda gubernamental.
En otro procedimiento, identificado con el número IEQROO/POS/48/2026, el Consejo General sobreseyó las acusaciones relacionadas con una presunta violación al interés superior de la niñez, al no acreditarse la existencia de las imágenes denunciadas.
La queja fue presentada por Erikc Sánchez Córdova en contra del senador Eugenio Segura por una publicación en Facebook relacionada con la Segunda Carrera Inclusiva, en la que presuntamente aparecían menores de edad con fines político-electorales. Tras el análisis correspondiente, el IEQROO determinó que tampoco se acreditó promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos ni afectación al principio de equidad en la contienda.
Asimismo, mediante el expediente IEQROO/POS/58/2026, el Instituto declaró inexistentes las conductas atribuidas a la presidenta municipal de Benito Juárez, Ana Patricia Peralta de la Peña, luego de que el Instituto Nacional Electoral diera vista por la difusión de una entrevista publicada en YouTube por el medio Periódico Espacio y por la instalación de carteleras con el lema «Ana Paty Peralta contando las historias de la transformación».
La autoridad concluyó que no se acreditaron los elementos objetivo y temporal para configurar promoción personalizada ni uso indebido de recursos públicos.
Durante la misma sesión, el Consejo General aprobó la convocatoria del Concurso del Lema para el Proceso Electoral Local 2027, dirigido a ciudadanos quintanarroenses mayores de 18 años. Las propuestas podrán enviarse hasta el 30 de septiembre de 2026, deberán tener un máximo de cinco palabras y promover la participación ciudadana sin hacer alusión a partidos políticos.
Finalmente, el IEQROO emitió una opinión técnica favorable sobre la iniciativa de reforma constitucional en materia de no reelección y nepotismo electoral, al considerar que armoniza la legislación estatal con la reforma constitucional federal publicada el 1 de abril de 2026, precisando que dicha opinión no tiene carácter vinculante y respeta la facultad del Congreso del Estado para legislar en la materia.






















