Bacalar, Quintana Roo.— El Capitán de Puerto de Chetumal y Bacalar, Román Bustos Gómez, sostuvo una reunión con prestadores de servicios náuticos para informar sobre los avances en la elaboración de las Reglas Generales de Navegación de la Laguna de Bacalar, mismas que entrarán en vigor una vez que sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
El funcionario federal explicó que las disposiciones tienen como objetivo establecer medidas mínimas de seguridad para la navegación de embarcaciones de todo tipo, así como regular el uso de atracaderos, rampas y botaderos. Todas las embarcaciones deberán portar un ejemplar de estas reglas.
Competencia y colaboración ambiental
Bustos Gómez aclaró que la Capitanía de Puerto atenderá únicamente asuntos vinculados a la navegación, mientras que las medidas de protección ambiental corresponden a otras instancias federales, estatales y municipales. Estas incluyen acciones como la contención de escurrimientos de agua provenientes de Campeche, control de agroquímicos, reforestación, drenajes, tratamiento de aguas residuales y, sobre todo, la generación de mayor conciencia ciudadana.
No obstante, aseguró que la Capitanía se sumará a las disposiciones y recomendaciones que emitan las autoridades ambientales, con el objetivo de coadyuvar en la protección del ecosistema de la laguna.
Las cinco zonas de navegación en Bacalar
Las Reglas Generales de Navegación delimitan cinco zonas específicas:
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Zona 1 – Navegación con precaución: desde la línea de costa hasta 50 metros hacia el centro de la laguna. Destinada a bañistas, maniobras de atraque y zarpe de embarcaciones menores de recreo y deportivas. Velocidad máxima: 7.4 km/h.
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Zona 2 – Navegación a baja velocidad: para embarcaciones de todo tipo. Velocidad máxima: 18.52 km/h.
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Zona 3 – Navegación de remolque recreativo: para esquí y actividades de arrastre. La circulación será en sentido de las manecillas del reloj. Velocidad máxima: 37 km/h.
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Zona 4 – Navegación de motos acuáticas: exclusiva para motonáutica, también en sentido de las manecillas del reloj. Velocidad máxima: 37 km/h.
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Zona 5 – Restricción a la navegación: incluye Los Rápidos, canal que conecta las lagunas Bacalar y Xul-Há, y el Canal de los Piratas. En la primera queda prohibida la navegación de embarcaciones a motor y vela; en el Canal de los Piratas, únicamente podrán ingresar embarcaciones con motor que cuenten con autorización expresa de la Capitanía.
Además, el Capitán informó que existen áreas sensibles, señalizadas con boyas, en las que no se permite acceso ni a embarcaciones ni a bañistas.
Trabajo coordinado
Finalmente, Bustos Gómez reconoció la labor de organizaciones sociales que colaboran con la Capitanía en la colocación de boyas para la protección de zonas frágiles del ecosistema, y reiteró la disposición de su dependencia para seguir apoyando estas acciones.
“Queremos que todos los prestadores de servicios náuticos conozcan las zonas de navegación, se familiaricen con ellas y respeten las restricciones establecidas”, concluyó.






















