Jesús González
Chetumal.- Las 207 impugnaciones presentadas por igual número de ciudadanos de las localidades de Yalchén y San Silverio del municipio de Tulum, fueron desechadas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al ser declaradas infundadas por el órgano jurisdiccional.
Por tal motivo tendrán que votar en las elecciones del 5 de junio en el municipio de Felipe Carrillo Puerto y no en Tulum como lo habían hecho en todas las elecciones locales pasadas, luego de haber sido cambiados de demarcación electoral dichas localidades tras la distritación hecha en el 2015 y aprobada por el Consejo General.
Por tal motivo el criterio utilizado por el TEPJF para ratificar el acuerdo del Consejo General del INE es señalar que la distritación hecha incluye el diseño y la determinación de los distritos electorales y su división en secciones y el establecimiento de cabeceras, a partir de la división territorial que establezcan las legislaturas de los Estados y el número de diputados locales que determine conforme a la población de cada entidad federativa, pero no la demarcación municipal, cuya atribución recae en los Congresos de las entidades federativas.
“La determinación de la extensión territorial de los municipios que integran el Estado de Quintana Roo, corresponde al Congreso del Estado de esa entidad federativa y de conformidad con el procedimiento atinente. En consecuencia al resultar infundados los conceptos de agravios hechos valer por los actores, lo procedente, conforme a derecho es confirmar los acuerdos impugnados”; señala parte de la sentencia.
Cabe señalar que estas impugnaciones hechas por los 207 ciudadanos fueron con la intención que se les permitiera votar por las autoridades municipales de Tulum a donde dicen pertenecer así por la diputación local que abarca y no por los de Felipe Carrillo Puerto y argumentaban que desde hace más de 25 años lo habían hecho de esa manera; sin embargo tras la distritación local del 2015 fueron movidos a otro municipio; pero al final tales recursos los desechó el TEPJF.





















