Por: Jorge Carrillo
Chetumal.- En el Periódico Oficial de Quintana Roo se publicó este jueves la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la que se declaró inconstitucional la reforma al Código Penal de Quintana Roo que intentaba combatir el llamado “Halconeo”.
De acuerdo con el amplio documento, la acción de inconstitucionalidad fue promovida por la Comisión de Los Derechos Humanos a nivel federal en contra de los Poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado de Quintana Roo.
La resolución afirma “es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad”; por lo anterior se declaró la invalidez del artículo 204-Bis del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, reformado mediante el Decreto Número 358, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el trece de septiembre de dos mil diecinueve, la cual surtirá sus efectos retroactivos a la fecha que se precisa en este fallo a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Quintana Roo, de conformidad con los considerandos quinto y sexto de esta decisión.
La mencionada ley sancionaba a la persona que a través de una conducta dolosa proporcionara o comunicara a terceros información de cualquier tipo, que impidiera y obstaculizara la adecuada ejecución de las funciones policiales y laborales operativas de detención, investigación, prevención y reacción de las instituciones de Seguridad Pública del Estado, Federales, Nacionales o Fuerzas Armadas.
El “halconeo” consiste en los actos o conductas que tienden a obtener información de las instituciones de seguridad pública, de persecución y sanción de delitos, así como las encargadas de la ejecución de penas. Es decir, abarca desde las labores de policía hasta los centros de reclusión, sobre sus actividades o labores en general.






















